Obligaciones Corporativas

En el ámbito empresarial, es esencial mantenerse actualizado y cumplir con las normativas legales vigentes para garantizar un entorno de negocios ético y sostenible. En este contexto, deseamos compartir con ustedes algunas de las obligaciones clave que debemos abordar en el transcurso de este año para salvaguardar sus operaciones y evitar inconvenientes con las autoridades:

Debemos destacar que las sociedades colombianas deberán tener en cuenta el cumplimiento oportuno de las siguientes obligaciones corporativas:

a. Realizar la Reunión Ordinaria del Máximo Órgano Social, este órgano debe reunirse por lo menos una vez cada año dentro de los 3 primeros meses del año, y se podrá realizar como máximo hasta el 31 de marzo de 2025.

b. Renovación De Matrícula Mercantil, que deberá realizarse durante los primeros 3 meses del año, teniendo como fecha máxima para realizar la renovación el 31 de marzo de 2025.

c. Nombrar revisor fiscal, en caso de que se cumpla con alguno de los supuestos que la ley dispone para ello se recomienda realizarlo, de ser posible, durante la Reunión Ordinaria.

d. Realizar la renovación del Registro Único De Proponentes, que debe llevarse a cabo a más tardar el quinto día hábil del mes de abril de 2025(7 de abril de 2025).

e. Depósito de Estados Financieros, para realizarlo las sociedades tienen un mes contado desde la fecha de aprobación de los Estados Financieros. Para sociedades vigiladas, el depósito se realizará entre el 8 de abril hasta el 13 de mayo de 2025, dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT, para conocer el detalle puede consultar aquí.

f. Presentación de los Estados Financieros Consolidados, obligación propia de sociedades matrices o controlantes, cuya presentación dependerá de los últimos dígitos del NIT de la sociedad, pero que podrá ser después del último día hábil de mayo de 2025 (30 de mayo de 2025).

g. Verificar el cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha, el incumplimiento de esta debe ser advertido por los administradores al momento de preparar los estados financieros, es decir, durante los 3 primeros meses del año al tiempo de la Reunión Ordinaria.

h. Registro de la Situación de Control, en el momento en que se configure una situación de control o un grupo empresarial deberá registrarse dicha situación dentro de los 30 días siguientes.

i. Obligación de inscripción de páginas webs colombianas en el Registro Mercantil, una vez la página ha sido puesta a disposición del público se debe inscribir en el registro mercantil dentro del mes siguiente a dicha fecha.

j. Las sociedades deberán registrar ante la Cámara de Comercio cualquier decisión que implique un cambio en la información básica de la sociedad. Dicho registro deberá realizarse dentro de los 2 meses siguientes a la fecha en que se tomó la decisión.

i. Obligación de inscripción de páginas webs colombianas en el Registro Mercantil, una vez la página ha sido puesta a disposición del público se debe inscribir en el registro mercantil dentro del mes siguiente a dicha fecha.

k. Reporte de cambios de información en el RUT, dicho cambio deberá registrarse ante la DIAN, a más tardar un mes después de la fecha en que se tomó la decisión.

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