agosto 31, 2026
La Corte Constitucional, en decisión de Sala Plena del 25 de agosto de 2026, declaró exequible la mayor parte de la reforma pensional. La estructura del nuevo sistema se mantiene y su entrada en vigencia quedó fijada para el 1 de abril de 2027.
✔️ Se mantiene la estructura de cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario.
✔️ Continúa el régimen de transición para quienes acrediten las semanas exigidas al momento de la vigencia.
✔️ Un grupo de disposiciones regresó a la Cámara de Representantes para subsanar aspectos pendientes de su trámite legislativo.
✔️ Entre ellas se encuentra el beneficio que reduce semanas de cotización a las mujeres por cada hijo.
La decisión hace necesario que las empresas comiencen a prepararse para la implementación del nuevo sistema, revisando sus procesos de nómina, afiliación y cotización, dimensionando los posibles impactos en costos y anticipando la comunicación con trabajadores próximos a pensionarse o cobijados por el régimen de transición.
Ver más: RAD/ Reforma pensional. Qué cambia y desde cuándo?
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Información basada en la decisión de Sala Plena del 25 de agosto de 2026. A la fecha del flash informativo, el texto oficial de la sentencia y el comunicado no estaban disponibles, por lo que su alcance definitivo deberá confirmarse con la providencia.
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